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¿Cómo enfermarse del trabajo?
La comunicación de enfermedad al empleador y al INPS se puede hacer de dos formas: Realice una visita a su médico, quien emitirá el certificado de enfermedad y lo enviará electrónicamente al INPS, que se hará cargo de notificar al empleador.
¿Cómo puedo avisar a mi empleador en caso de enfermedad?
Los trabajadores que se ausentan del trabajo por motivos de salud deben avisar de inmediato a su empleador y acudir a su médico para que los examine.
¿Recibes el mismo salario cuando estás de baja por enfermedad?
El valor del tratamiento económico por enfermedad pagado por el INPS es igual al 50% del salario medio diario del trabajador, valor que se aplica del cuarto al vigésimo día de enfermedad.
¿Quién paga los tres primeros días de enfermedad?
Los tres primeros días de enfermedad no son indemnizados por el INPS. Sin embargo, la generalidad de los convenios colectivos sitúa la remuneración a cargo del empleador, en un monto igual al 100%. En consecuencia, el trabajador no sufrirá reducción de su remuneración.
¿Quién envía el certificado de enfermedad al empleador?
Solicitar el certificado médico que acredite el estado de enfermedad del empleado público y privado, el cual es enviado directamente por vía electrónica por el médico o por el establecimiento público de salud que lo expide al INPS, el cual lo remitirá de inmediato a el empleador.
¿Cómo se paga la enfermedad y por quién?
En caso de enfermedad de los trabajadores con continuidad de relación laboral, la bonificación es del 50% durante los primeros 20 días y del 66,66% del día veintiuno al 180 de la retribución efectivamente disfrutada en la fecha de manifestación de la enfermedad.
¿Cuánto tiempo tengo para enviar el certificado de enfermedad?
¿Cuánto tiempo para enviar un certificado médico? 2 días, es decir, el correspondiente al primer día de ausencia y el siguiente.
¿Cómo funciona el nuevo certificado de enfermedad?
Para poder acogerse al mismo, el trabajador está obligado a contar con el certificado de enfermedad emitido por su médico, quien lo transmitirá electrónicamente al INPS, inmediatamente o al día siguiente de la visita que certificó la enfermedad. .
¿Qué pasa si el trabajador no reporta la enfermedad?
26465/2017 de la Corte de Casación sancionó que el trabajador que se ausenta por enfermedad debe comunicar a su patrón las razones que justifican esta ausencia, ya que es una obligación prevista por la CCNL, cuya no el cumplimiento puede resultar en el despido.