¿Quién forma parte de las categorías laborales protegidas?


¿Quién forma parte de las categorías laborales protegidas?

Quiénes pertenecen a las categorías protegidas Trabajadores inválidos con una invalidez superior al 33%; Ciegos y sordos y mudos; Inválidos de guerra, inválidos de guerra e inválidos de servicio; Viudas, huérfanos, refugiados y asimilados a los huérfanos.

¿Quién entra en la categoría protegida?

Las Categorías Protegidas incluyen a todas las personas con discapacidad, enfermedades graves y otras formas de discapacidad psicofísica. Para proteger a estas personas de formas discriminatorias en el trabajo, existen protecciones legales específicas para las Categorías Protegidas sancionadas por la Constitución italiana.

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¿Cuáles son los trabajos en el rango protegido?

Quién cae en las categorías protegidas: lista completa. inválidos de guerra; inválidos de servicio; ciegos; sordos; inválidos de trabajo; inválidos civiles; refugiados italianos; huérfanos;

¿Cómo sé si pertenezco a las categorías protegidas?

El artículo 18 de la Ley 68/99 especifica que las categorías protegidas también incluyen a las personas que, a pesar de no tener deficiencias psicofísicas, se encuentran en situaciones de desventaja o dificultad social: Huérfanos y cónyuges de víctimas del trabajo, guerra o servicio en las administraciones públicas.

¿Cuántos puntos de discapacidad necesitas para entrar en las categorías protegidas?

A partir del 34%: Concesión gratuita de ayudas y prótesis previstas por el nomenclátor nacional. La concesión de ayudas y prótesis está sujeta a las patologías señaladas en el informe de nulidad. Del 46%: Además del punto anterior, registro en las listas de ubicaciones objetivo.

¿Cómo saber si eres parte de las categorías protegidas?

68/99) o categorías protegidas (artículo 18 de la Ley 68/99). Las personas con discapacidad deben estar en posesión de la documentación médica que acredite el porcentaje de discapacidad, para poder inscribirse en la Ley 68/’99 es necesario tener un porcentaje de discapacidad de al menos el 46% de discapacidad.

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¿Cuánto dura la categoría protegida?

La ley, sin embargo, cambió la duración mínima de estos contratos de 9 a 6 meses. Quiere decir que en el cómputo de la fuerza de trabajo para la contratación de trabajadores pertenecientes a categorías protegidas, es necesario contabilizar aquellos que hayan sido contratados con un contrato no menor a 6 meses.

¿Cuándo se pierde el registro en las categorías protegidas?

a) el miembro que establezca una relación laboral subordinada cuyos ingresos anuales excedan de la renta mínima exenta de tributación (8.000 €), perderá la afiliación, salvo en el caso en que la duración de la relación laboral no supere los seis meses.

¿Cómo saber si eres parte de las categorías protegidas?

68/99) o categorías protegidas (artículo 18 de la Ley 68/99). Las personas con discapacidad deben estar en posesión de la documentación médica que acredite el porcentaje de discapacidad, para poder inscribirse en la Ley 68/’99 es necesario tener un porcentaje de discapacidad de al menos el 46% de discapacidad.

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¿Qué hacer para ser parte de las categorías protegidas?

Para solicitar la inscripción en las categorías protegidas, deberás acudir al Centro de Empleo de tu provincia de residencia. Pero antes es necesario estar en posesión de la documentación médica que acredite el porcentaje de invalidez exigido por ley.

¿Qué porcentaje de invalidez hay que tener para la ley 68?

De conformidad con el art. 4 apartado 4 de la Ley 68/99, se puede reconocer la contratación de personas que hayan quedado inválidas durante la relación laboral constante con un porcentaje mínimo de invalidez del 60% si es inválido civil y del 34% si es inválido laboral.

¿A qué tienes derecho con un 75% de invalidez?

El 75 por ciento de los discapacitados también puede acogerse a la excedencia por tratamiento relacionado con la enfermedad reconocida, pero sólo por un período no superior a treinta días al año. A nivel laboral, tienes acceso a servicios de apoyo y colocación dedicados a las categorías protegidas.